El complemento de IT se define en un
concepto que se activará en caso de que un trabajador
esté de baja de enfermedad o de accidente, y queramos
complementar su salario al 100% en dicho periodo. Este concepto
reflejará el importe que nos falta hasta complementar el 100% de
su salario.
A continuación os
explicamos los pasos para definir tanto el complemento de enfermedad
como el de accidente:
COMPLEMENTO ENFERMEDAD
1- Los tramos de abono de la enfermedad se definen
en Tablas → Definición de Convenio→ pestaña
General .
2- Debemos tener definidos los conceptos
salariales de la enfermedad en Tablas →
Definición de Convenio→ pestaña
Conceptos Salariales
Los conceptos de enfermedad se van depositando en el
parámetro 188 IMPORTE DE
ENFERMEDAD



3- Los precios día de enfermedad sobre los que se
puede hacer el abono en el recibo están depositados
en los parámetros:
E44- Bruto dia enfermedad
E114- Base diaria contingencias mes anterior a la baja
E118- Base diaria contingencias recibo
El concepto de complemento sería como este:

Supongamos que un trabajador
tiene una enfermdad desde el 10
hasta el 29 de abril y se complementan los días de enfermedad
hasta el 100%.
Su base reguladora es de
70€/día y su bruto
día es de 60€/día.

Los cálculos de la
enfermedad serían:
20 días de enfermedad X
60€ de bruto=1200€
1200€ deber salir por
toda la enfermedad - 714 € de los tramos legales= 486€ de
complemento.
COMPLEMENTO ACCIDENTE
1- Los tramos de abono del accidente se definen
en Tablas → Definición de Convenio→ pestaña
General .

2- El concepto
salarial del accidente se define en Tablas →
Definición de Convenio→ pestaña
Conceptos Salariales
El concepto de accidente se deposita en el parámetro 199 IMPORTE ACCIDENTE.

3- Los precios día que se pueden utilizar en el concepto de
complemento de accidentes son los siguientes:
E45- Bruto dia accidente
E115- Base diaria accidentes mes anterior a la baja
E119- Base Diaria accidentes recibo
El concepto de complemento sería como este:
