A
efectos de cotización, los trabajadores y las empresas del
Régimen Especial del Mar se dividen en los grupos I, II y III.
- El Grupo I se encuentra en
iguales condiciones que el Régimen General.
- En los Grupos
II y III, las bases
que se determinen anualmente por provincias, modalidades de pesca y
categorías profesionales serán únicas, sin
que se tomen en consideración los topes mínimos y
máximos previstos para las restantes actividades.
A la base de
cotización por contingencias comunes y a la de
desempleo se les aplican los siguientes coeficientes
correctores:
- Grupo II A: 2/3.
- Grupo II B: 1/2.
- Grupo III: 1/3.
A
continuación, detallamos los PASOS A SEGUIR para la
instalación del Régimen del Mar en los grupos II y
III:
1-
En Tablas → Otras Tablas → Configurar Aplicación crearemos el código REGMAR,
señalando en el campo 1 el Régimen sobre el que
se aplicará el coeficiente reductor. Si no se cumplimenta
dicho campo, no se efectuará reducción alguna tanto en la
nómina como en los seguros sociales. Por ejemplo, Régimen
del Grupo Tercero es el 0814:

Si
coexistieran diferentes regímenes, se separarían
mediante comas: 0812,0822.
2-
En Tablas →
Tablas de Cotización → Datos Fijos SS designaremos los códigos de
seguridad social aplicables a este Régimen, indicando el Grupo y
el coeficiente reductor correspondiente.
En el ejemplo
mostramos el Grupo 3 y el coeficiente 0,33333 que es el correspondiente
al reductor de 1/3.

En el caso del Grupo
2A el coeficiente reductor es 2/3 por lo que habría que colocar
0,666667.

En el caso del Grupo
2B el coeficiente reductor es 1/2 por lo que habría que colocar
0,50000.

3-
En Tablas → Tablas de Cotización →
Tarifas elaboraremos las
tarifas específicas para cada Régimen Especial. Como por
ejemplo:
4-
En Tablas → Empresas los campos específicos a cumplimentar son: