FAQ - Preguntas frecuentes sobre el SII

Nueva versión 1.1 de Octubre 2019 - Validaciones de Errores - Número de DUA

En la nueva versión del SII de validación de error de Octubre, no permitirá mandar las facturas de importación con una numeración de DUA incorrecta. El mensaje de error que nos dará hacienda es el siguiente:

El campo NumSerieFacturaEmisor no cumple el formato DUA.

Según la información de hacienda la numeración deberá cumplir el siguiente esquema:

  1. Nueva composición en el formato del MRN del DUA de importación.
    Para evitar problemas con la numeración de los DUA de importación, por superar el millón de declaraciones en un recinto determinado, se precisa cambiar su composición. Así, la composición actual publicada en la guía EDIFACT de importación (ICS004) AAPP00RRRRNNNNNNND, pasará a ser AAPP00RRRRAAAAAAAD. Donde:
    • AA, dos últimos dígitos del año de captura del DUA
    • PP, País del DUA: ES
    • 00RRRR, Recinto de presentación
    • AAAAAAA, "numeración secuencial" dentro del recinto de presentación
    • D, dígito de validación

    Como puede verse, la numeración deja de ser únicamente en base a números, pudiéndose dar en combinación con letras pasando de NNNNNN a AAAAAAA. Cabe destacar que solo se emplearán letras en combinación con números para numerar DUA de un determinado recinto, si el recinto de numeración ha superado los 999.999 DUA.
    Ejemplo: En el recinto 2801 cuando se alcance el número de 999.999 DUA se asignará el MRN 15ES00280139999990; el siguiente MRN será 15ES0028013A000017.
  2. Guí EDIFACT de importación ICS003.
    Se recuerda que la versión ICS003 dejará de estar operativa el próximo 1 de abril de 2015. Desde esa fecha sólo se admitirán mensajes EDIFACT de la versión ICS004.

Más información de la web de la AEAT:

Numeración y guía EDIFACT del DUA de importación

Suministro Inmediato de Información del IVA (SII)

Nueva versión 1.1 de Octubre 2019 - Validaciones de Errores

La nueva versión de validaciones de errores entrará en vigor el 1 de Octubre del 2019, aunque desde el 1 de Julio se pueden utilizar el entorno de pruebas con las modificaciones.

En esta nueva versión se mantiene la estructura y los datos reflejados en la versión 1.1 del SII que entró en vigor el 1 de Julio del 2018.

Los cambios más significativos están relacionados con la validación de los datos y los errores en el envío de los ficheros.

Se han definido tres tipologías de validaciones:

  1. Validaciones estructurales: para validar que la estructura de etiquetas cumple el esquema en cuanto al establecimiento de etiquetas obligatorias. El no cumplimiento de estas validaciones dará lugar al rechazo completo de la petición.
  2. Validaciones sintácticas: en ellas se valida el formato, longitud, obligatoriedad del contenido y si el valor debe coincidir con una serie de valores preestablecidos, en los casos que aplique. Los fallos en este tipo de validaciones se considerarán como errores "No admisibles". Cuando estos errores se hayan producido en la cabecera darán lugar al rechazo completo de la petición. Cuando estos errores se hayan producido a nivel de factura, provocarán el rechazo de la factura pero se seguirán procesando el resto de facturas incluidas en la petición.
  3. Validaciones de negocio: estarán asociadas principalmente a validaciones de campos cuyo contenido u obligatoriedad depende del valor asociado a otro campo. La mayoría de los posibles errores definidos se han establecido como "admisibles", es decir, serán registrados en el sistema pero deberán ser corregidos posteriormente.

En el Winconta se han incluido varios controles antes del envío para prevenir posibles errores:

  • Control de TiposImpositivos: Se ha incluido el campo "Valores Permitidos en Tipo Impositivo" en la configuración del SII. Donde se indican los porcentajes de IVA permitidos actualmente por las Haciendas: 00,04,10,21
    Antes de hacer el envío de las facturas, se revisará si los porcentajes están en los valores permitidos.
  • Control de valor de CuotaSoportada y CuotaRepercutida: El importe de la cuota de IVA, debe coincidir con el porcentaje de IVA aplicado sobre la base que se va a enviar. Antes de enviar el fichero se revisará si el importe de IVA es el correcto.
  • Control de TipoRecargoEquivalencia: Se ha incluido el campo "Valores Permitidos en Recargos de equivalencia" en la configuración del SII. Donde se indican los porcentajes de recargo que permite actualmente por las Haciendas: 00.50,01.40,05.20
    Antes de hacer el envío de las facturas, se revisará si los porcentajes están en los valores permitidos.
  • Control de valor de CuotaRecargoEquivalencia: El importe de la cuota de recargo de equivalencia, debe coincidir con el porcentaje recargo aplicado sobre la base que se va a enviar.
    Antes de enviar el fichero se revisará si el importe de recargo es el correcto.

Más información de la web de la AEAT:

Suministro Inmediato de Información del IVA (SII)

Facturas intracomunitarias - Sin inversión de sujeto pasivo

Las facturas intracomunitarias pueden ser con inversión de sujeto pasivo o sin inversión de sujeto pasivo.

L7 > Calificación del tipo de operación Sujeta/ No Exenta
VALORES DESCRIPCIÓN
S1 No exenta- Sin inversión sujeto pasivo
S2 No exenta - Con Inversión sujeto pasivo
S3 No exenta - Sin inversión sujeto pasivo y con Inversión sujeto pasivo

Para la versión del Winconta del 30-11-2018, se han incluido mejoras que facilitan poder diferencias estas tipologías.

Facturas recibidas intracomunitarias - sin inversión de sujeto pasivo

Nuevos controles en el Onyx SII

Para la versión del 05-11-2018 se han incluido nuevos controles en el Onyx SII:

  • Control de caducidad del certificado: 15 días antes de la fecha de caducidad, del certificado seleccionado, la aplicación empezará a avisar al usuario para que lo renueve.
  • Control de envío de ficheros incompletos: hasta ahora si el Onyx SII estaba en marcha intentaba enviar el fichero XML constantemente. Se ha incluido un nuevo control para que no envíe hasta que el fichero se haya completado. Con esta mejora se podrá tener la aplicación en marcha.

Revisión de modificaciones en facturas

Para la versión del 29-09-2018 del Winconta se ha incluido una nueva utilidad en la pantalla de la generación de archivos SII.

Cuando entremos en la pantalla se realizará una revisión automática para comprobar si ha habido modificaciones en los registros de facturas emitidas o recibidas.

Para activar la revisión, dentro de la pantalla de envío hay que entrar en la configuración y rellenar la fecha de inicio de la revisión:

Si encuentra alguna modificación, el nuevo botón saldrá con una bola roja:

Al pinchar seleccionará solo las facturas que han tenido alguna modificación para poder re-enviarlas con el tipo de comunicación "A1- Modificación de facturas/registros (errores registrales)".

Una vez terminado el proceso dará la posibilidad de actualizar la fecha de revisión con la fecha del día:

Más información sobre la nueva utilidad:

En el cursor hemos incluido los campos FECHAOK (fecha OK del envió del fichero), FECHAM (Fecha de la modificación realizada), HORAM (Hora de la modificación realizada), ACCESOSM (Tipo de modificación realizada) y CAMPOSM (Datos modificados) para ver que modificación ha tenido la factura. Si hubiera más de una modificación tendríamos que entrar en la factura para poder verla.

Las facturas con FechaOK Superior a la FechaM no las va a seleccionar. Con este control conseguimos que las modificaciones de las facturas que ya se han mandado y tenemos OK no las muestre de nuevo.

  • Con la versión del 29-09-2018 se mejora en la contabilidad los controles de las modificaciones de facturas emitidas y recibidas realizadas desde modificación de asientos.
  • Se mejora la des-actualización de las facturas de gestión, se quedará registrado en la tabla de modificaciones.

IMPORTANTE: Mucho cuidada con los datos cambiados. La información de Número factura, las fechas y los CIFs son vitales para la identificación de las facturas.

Para que no haya problemas si hay que cambiar alguno de estos datos, se recomienda que se envié de nuevo la información de la factura a 0 y se cree una nueva factura con los datos nuevos.

Nueva versión 1.1

La nueva versión 1.1 entrará en vigor el 1 de Julio del 2018, desde el 3 de Mayo ya se pueden realizar las pruebas en el directorio de pruebas de la AEAT y Navarra. Todavía Gipuzkoa, Bizkaia y Araba lo tienen sin habilitar.

Para habilitar esta opción la fecha de versión del Winconta tiene que ser superior al 15-05-2018. Una vez instalada la versión adecuada, en la pantalla de Generación de archivo para el SII de la Winconta, en la configuración del SII hay que marcar la versión "1.1":

Los cambios más significativos son los siguientes:

Cambios de etiquetas dentro del XML:
Se sustituyen las etiquetas ya existentes:

  • <PeriodoImpositivo> se renombra a <PeriodoLiquidacion>
  • <EmitidaPorTerceros> se renombra a <EmitidaPorTercerosODestinatario>
  • <ImporteTransmisionSujetoAIVA> se renombra a <ImporteTransmisionInmueblesSujetoAIVA>

Se cambia la denominación de la clave "primer semestre 2017" tanto en el libro registro de facturas expedidas como recibidas, por "primer semestre de 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII"

  • Expedidas 16 - Primer semestre 2017 >> Primer semestre de 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII
  • Recibidas 14 - Primer semestre 2017 >> Primer semestre de 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII

Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas <FacturacionDispAdicionalTerceraYsextayDelMercadoOrganizadoDelGas> para identificar si la factura ha sido emitida por un tercero de acuerdo a una exigencia normativa (disposición adicional tercera y sexta Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación o normativa del mercado organizado del gas).

Se incluye una nueva clave en el campo "medio de pago/cobro", será la clave 05 "cobro o pago por domiciliación".

En el libro de emitidas dentro del bloque <TipoDesglose> se añade la etiqueta <DetalleExenta> para permitir el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles.

Se añade en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias una etiqueta adicional de contenido libre denominada <RefExterna> con el objetivo de que se pueda añadir información interna de la empresa asociada al registro de la factura.

Se crea el "SuministroInmueblesAdicionales.wsdl" que describe el envío de inmuebles adicionales cuando una factura tenga más de 15 inmuebles, que son los permitidos en el envío XML de facturas emitidas. Se enviará un XML específico con el resto de los inmuebles.

Se crea la etiqueta <NumRegistroAcuerdoFacturacion> en los libros de bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias.

Se crea en la respuesta del suministro de información de todos los libros el bloque <RegistroDuplicado>. Este bloque solo se incluirá en la respuesta XML para los registros rechazados por duplicado. De esta manera se puede conocer el estado real del registro dentro del SII.

Se crea el bloque <EntidadSucedida> en los libros de emitidas, recibidas, bienes de inversión, determinadas operaciones intracomunitarias y suministro de otras operaciones con trascendencia tributaria para identificar los registros de facturación realizados por una entidad en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración societaria.

Se crea la etiqueta <RegPrevioGGEEoREDEMEoCompetencia> en los libros de emitidas, recibidas y determinadas operaciones intracomunitarias para aquellos registros de facturación con dificultades para enviarse en plazo por no tener constancia del cambio de condición a GGEE, de la inclusión en REDEME o de un cambio en la competencia inspectora.

Se crea la etiqueta <Macrodato> en los libros de emitidas y recibidas para identificar aquellas facturas con importe de la factura superior a un umbral de 100.000.000 euros.

Nuevos tipos en SII-Tipo fact:

  • En el libro registro de facturas recibidas se crea un nuevo tipo de factura "LC" que se denomina "Aduanas - Liquidación complementaria".
    • LC: Aduanas - Liquidación complementaria.
  • Se crea la etiqueta en el libro de facturas expedidas <FacturaSinIdentifDestinatarioAritculo6.1.d> para identificar las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario. Para crear este tipo de facturas se ha dado de alta un nuevo tipo de facturas. El XML de estas facturas con esta etiqueta <FacturaSinIdentifDestinatarioAritculo6.1.d> y como "F2- Factura Simplificada (ticket)":
    • X2: Facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario. Articulo 6,1,d.
  • Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas y recibidas
    <FacturaSimplificadaArticulos7.2_7.3> para identificar las facturas simplificadas que identifican al destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012. Para crear este tipo de facturas se ha dado de alta un nuevo tipo. El XML de estas facturas se enviaran con esta etiqueta <FacturaSimplificadaArticulos7.2_7.3> y como "F1- Factura":
    • X1: Factura simplificada Articulo 7,2 Y 7,3 RD 1619/2012.

Nuevo Tipo comunicación para los envíos de los ficheros: Se crean los nuevos tipos de comunicación "A5" y "A6" el libro de facturas emitidas. A5 para registrar las devoluciones del IVA de viajeros y A6 si estos registros se tienen que modificar.

  • A5: Devoluciones del IVA de viajeros.
  • A6: Modificación Devoluciones del IVA de viajeros.

En la web de la AEAT:

  • Se han modificado los esquemas de consulta en emitidas y recibidas, añadiendo el bloque opcional de búsqueda <FechaCuadre> para poder filtrar las consultas por este campo.
  • Se incluyen periodos trimestrales.
  • Se han creado esquemas para la nueva consulta que permite consultarlas.

Información de la AEAT sobre la versión 1.1

Mejora de programa Winconta para facturas extranjeras sin DUA

Para la versión del Winconta del 30-06-2018 se va a incluir el campo DUA en los proveedores.

Lo podremos meter desde Winconta, Ficheros > Proveedores. De esta manera se podrán marcar con una "X" a los proveedores extranjeros que no van a tener documento DUA.

Más información:

Factura extranjeras sin DUA

Hacienda no deja enviar factura con espacios por delante

A modo de control Winconta (versión del 01-06-2018) dará una nota de aviso, aunque permitirá enviar las facturas lo hará sin el espacio por delante.

Nuevo tipo de facturas de régimen agrario (READYP)

Para las facturas recibidas con régimen agrario hay que enviarlas con un tratamiento especial. Indicando en el proveedor con la clave especial "02 - Operaciones por las que los empresarios satisfacen compensaciones en las adquisiciones a personas acogidas al Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGYP)".

Más información:

Factura nacional con proveedor de régimen agrario

Facturas emitidas canarias

Dependiendo de la actividad de la empresa variara un régimen u otro.

  • El Winconta automáticamente cogerá el régimen especial 08- Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario), para estas facturas.
  • En algunos casos se considerar como 02 - Exportación y el programa automáticamente lo cogerá como E4 - Exento.
  • También se puede dar el caso de N2 -por tipos de IVA No deducible por reglas de localización.

Facturas emitidas nacionales no deducibles

Re-envío de las facturas

Para la versión del 26-01-2018 de la Winconta, se podrán generar ficheros XML con el tipo de comunicación "A1 - Modificación de facturas/registros (errores registrales)".

En este caso solo permitirá enviar facturas que ya tengan el OK de hacienda y por ahora no nos consta que haya ningún límite de enviar este tipo de comunicación.

Fechas de facturas

Hasta ahora teníamos la fecha factura (fecha de expedición del proveedor) y la fecha contable (fecha de recepción de documento y fecha de registro documento) cuando generamos el XML.

A partir de ahora se diferenciaran fecha de recepción de documento y fecha de registro documento. La fecha de recepción de documento seguirá cogiendo la fecha contable, como hasta ahora. Y en el apartado de la fecha de registro documento, se incluirá la fecha en el que se registra la factura en el Winconta.

El motivo por el cual hemos realizado el cambio es porque según la documentación de hacienda, las facturas del mes anterior posteriores al día 15(del 15 al 31), si se presentan en la primera quincena del mes siguiente se pueden enviar con la fecha contable del mes anterior.

Ejemplo: Factura expedida por el proveedor con fecha 25-06-2017, registramos hoy 07-07-2017 con fecha contable del 30-06-2017. Estaría dentro de la legalidad porque en el sistema lo registramos antes del día 15-07-2017 y nos permiten meter con fecha contable del mes anterior.

Fecha de expedición del proveedor: 25-06-2017
Fecha de recepción de documento: 30-06-2017
Fecha de registro de documento: 07-07-2017

Calculo de fechas de la AEAT

Error al enviar ficheros XML al cambiar de "Prueba" a "Producción"

La opción del enviar los fichero XML a la base de datos de producción en las haciendas forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba hasta el día 9 no la van a activar.

Mas información en los Links de Haciendas Forales:

Diputación Foral de Gipuzkoa | Diputación Foral de Bizkaia | Diputación Foral de Álava | Diputación Foral de Navarra

Problemas con las tarjetas digitales de Izenpe

El 06-11-2017 se craquearon algunas tarjetas posteriores al 2009. Para ver si el certificado es seguro se puede entrar en la web de Izenpe: http://www.izenpe.eus/rsa/

Identificación de Clientes/Proveedores (CIF/NIF/DNI) ¿Qué tipo de documentos y como hay que presentar?

Clave Descripción Hacienda Aclaración
02NIF-IVATipo de identificación para nacionales e intracomunitarios
03PASAPORTE
04DOCUMENTO OFICIAL DE IDENTIFICACIÓN EXPEDIDO POR EL PAIS O TERRITORIO DE RESIDENCIATipo de identificación para Extranjeros y Europeos no intracomunitarios
05CERTIFICADO DE RESIDENCIA
06OTRO DOCUMENTO PROBATORIOExtranjeros con documentación no oficial
07NO CENSADOSolo se permiten macar con esta clave a los Nacionales - No obliga a poner los dos apellidos

Error en Facturas nacionales con DNI

El error habitual en estos casos es que no se pone bien el nombre del cliente/proveedor. Hacienda espera recibir Nombre + 2 Apellidos sin ningún tipo de símbolo: (,-.

Documentación de identificación en las Facturas europeas

En el caso de la documentación de los clientes o proveedores Europeos Intracomunitarios se presentaran como 02 - NIF-IVA y el NIF comenzara como el País ISO. Por ejemplo en el caso de Italia el país ISO es IT la documentación empezara con estas dos siglas.

En el caso de la documentación de los clientes o proveedores Europeos NO Intracomunitarios se presentaran como 04 - NIF-IVA y el NIF comenzara como el País ISO. Por ejemplo en el caso de Suiza el país ISO es CH la documentación empezara con estas dos siglas.

Documentación de identificación en las Facturas extranjeras

Para todas las facturas extranjeras es obligatorio poner alguna documentación de identificación relacionada.

Una práctica habitual aunque no es lo más correcto, para los extranjeros con los que no vamos a tener un documento de identificación, es poner el propio código del cliente o del proveedor en el lugar de identificador.

¿Quién tiene que presentar?

Es obligatorio para las Grandes Empresas, para los acogidos al Registro de Devolución Mensual y para los inscritos en el Régimen Especial del Grupo de Entidades, quedando como voluntaria la opción de acogerse al mismo al resto de los sujetos pasivos.

Plazos de presentación

Después de cada facturación hay que enviar a la Agencia Tributaria/Hacienda Foral el detalle de las facturas emitidas y recibidas, donde será obligatorio llevar el registro de los libros a través de la Sede electrónica.

¿Cuándo hay que enviar los registros de facturación?

  1. Facturas Expedidas
    En el plazo de cuatro días naturales desde la expedición de la factura, salvo que se trate de facturas expedidas por el destinatario o por un tercero, en cuyo caso, dicho plazo será de ocho días naturales.
    En todo caso el suministro deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación que debe registrarse.
  2. Facturas Recibidas
    En un plazo de cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes.
    En el caso operaciones de importación, los cuatro días naturales se deberán computar desde que se produzca el registro contable del documento en el que conste la cuota liquidada por las aduanas y en todo caso antes del día 16 del mes siguiente al final del periodo al que se refiera la declaración en la que se hayan incluido.
  3. Determinadas operaciones Intracomunitarias
    En un plazo de cuatro días naturales, desde el momento de inicio de la expedición o transporte, o en su caso, desde el momento de la recepción de los bienes a que se refieren.
  4. Información sobre Bienes de Inversión
    Dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (hasta el 30 de enero).

PLAZOS DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DE 2017
Durante el segundo semestre del año 2017 el plazo de cuatro días se amplía a ocho días naturales.

CÓMPUTO DE PLAZOS
Hay que tener en cuenta que en el cómputo del plazo de cuatro u ocho días naturales a que se refieren los apartados anteriores, se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales.

¿Cómo hemos adaptado el programa?

Aner, ha desarrollado un módulo en la aplicación Winconta que a través de un asistente nos permitirá enviar las facturas, adaptadas a la estructura definida para SII.

El módulo por un lado dispone de un apartado del asistente de generación de los ficheros XML y por otro lado el servicio OnyxSII, que realizará la comunicación con la AEAT/Hacienda Foral.

Facturas de arrendamiento

En el caso de las facturas de arrendamiento, en cada factura hay que configurar el de Local...

Facturas recibidas nacionales de arrendamiento

Facturas emitidas nacionales de arrendamiento

Facturas de retención profesional

Hay que diferenciar las facturas que tienen retención. En el caso de las facturas de retención profesional se indicará en la ficha del cliente/proveedor el regimen especial.

Facturas recibidas nacionales de retención profesional

Facturas emitidas nacionales de retención profesional

Facturas de importaciones con y sin DUA

Factura extranjeras con DUA

Factura extranjeras sin DUA

Códigos de País ISO

Ayuda sobre código ISO de los Países

Valores permitidos en campos de tipo lista AEAT

Más información sobre aplicación SII

L0 > Tipo de Comunicación
VALORES DESCRIPCIÓN
A0 Alta de facturas/registro
A1 Modificación de facturas/registros (errores registrales)
A4 Modificación Factura Régimen de Viajeros
L1 > Periodo
VALORES DESCRIPCIÓN
01 Enero
02 Febrero
03 Marzo
04 Abril
05 Mayo
06 Junio
07 Julio
08 Agosto
09 Septiembre
10 Octubre
11 Noviembre
12 Diciembre
0A Anual

Nota: Los libros de registro de facturas expedidas, recibidas y determinadas operaciones intracomunitarias tendrán un periodo mensual. Los libros de registro de cobros en metálico y bienes de inversión tendrán periodicidad anual.

L2_EMI > Tipo de Factura Emitidas
VALORES DESCRIPCIÓN
F1 Factura
F2 Factura Simplificada (ticket)
F3 Factura emitida en sustitución de facturas simplificadas facturadas y declaradas
F4 Asiento resumen de facturas
R1 Factura Rectificativa (Error fundado en derecho y Art. 80 Uno Dos y Seis LIVA)
R2 Factura Rectificativa (Art. 80.3)
R3 Factura Rectificativa (Art. 80.4)
R4 Factura Rectificativa (Resto)
R5 Factura Rectificativa en facturas simplificadas
L2_RECI > Tipo de Factura Recibidas
VALORES DESCRIPCIÓN
F1 Factura
F2 Factura Simplificada (ticket)
F3 Factura emitida en sustitución de facturas simplificadas facturadas y declaradas
F4 Asiento resumen de facturas
F5 Importaciones (DUA)
F6 Justificantes contables
R1 Factura Rectificativa (Error fundado en derecho y Art. 80 Uno Dos y Seis LIVA)
R2 Factura Rectificativa (Art. 80.3)
R3 Factura Rectificativa (Art. 80.4)
R4 Factura Rectificativa (Resto)
R5 Factura Rectificativa en facturas simplificadas

Las claves F3, R1, R2, R3, R4 y R5 tienen carácter opcional en el Libro registro de facturas recibidas.

L3.1 > Clave de régimen especial o trascendencia en facturas expedidas
VALORES DESCRIPCIÓN
01 Operación de régimen general.
02 Exportación.
03 Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
04 Régimen especial del oro de inversión.
05 Régimen especial de las agencias de viajes.
06 Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado)
07 Régimen especial del criterio de caja.
08 Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario).
09 Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viaje que actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena (D.A.4ª RD1619/2012)
10 Cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad industrial, de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados efectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen estas funciones de cobro.
11 Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas a retención
12 Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetos a retención.
13 Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas y no sujetas a retención.
14 Factura con IVA pendiente de devengo en certificaciones de obra cuyo destinatario sea una Administración Pública.
15 Factura con IVA pendiente de devengo en operaciones de tracto sucesivo.
16 Primer semestre 2017.
L3.2 > Clave de régimen especial o trascendencia en facturas recibidas
VALORES DESCRIPCIÓN
01 Operación de régimen general.
02 Operaciones por las que los empresarios satisfacen compensaciones en las adquisiciones a personas acogidas al Régimen especial de la agricultura, ganaderia y pesca.
03 Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
04 Régimen especial del oro de inversión.
05 Régimen especial de las agencias de viajes.
06 Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado).
07 Régimen especial del criterio de caja.
08 Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario).
09 Adquisiciones intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicios.
12 Operaciones de arrendamiento de local de negocio.
13 Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA).
14 Primer semestre 2017.
L4 > Tipos de Identificación en el país de residencia
VALORES DESCRIPCIÓN
02 NIF-IVA
03 PASAPORTE
04 DOCUMENTO OFICIAL DE IDENTIFICACIÓN EXPEDIDO POR EL PAIS O TERRITORIO DE RESIDENCIA
05 CERTIFICADO DE RESIDENCIA
06 OTRO DOCUMENTO PROBATORIO
07 NO CENSADO

La clave 07, "No censado", puede utilizarse como tipo de identificación en el Libro registro de facturas expedidas y en las Operaciones de trascendencia tributaria con carácter anual de Operaciones en metálico y Operaciones de seguros

L5 > Tipo de Factura Rectificativa
VALORES DESCRIPCIÓN
S Por sustitución
I Por diferencias
L6 > Situación del Inmueble
VALORES DESCRIPCIÓN
1 Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra
2 Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra
3 Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral
4 Inmueble situado en el extranjero
L7 > Calificación del tipo de operación Sujeta/ No Exenta
VALORES DESCRIPCIÓN
S1 No exenta- Sin inversion sujeto pasivo
S2 No exenta - Con Inversion sujeto pasivo
S3 No exenta - Sin inversion sujeto pasivo y con Inversion sujeto pasivo
L9 > Causa de exención de operaciones sujetas y exentas
VALORES DESCRIPCIÓN
E1 Exenta por el artículo 20
E2 Exenta por el artículo 21
E3 Exenta por el artículo 22
E4 Exenta por artículo 23 y 24
E5 Exenta por el artículo 25
E6 Exenta por Otros
L10 > Emitidas por Terceros
VALORES DESCRIPCIÓN
S Si
N No
L11 > Medio de Pago/Cobro
VALORES DESCRIPCIÓN
01 Transferencia
02 Cheque
03 No se cobra / paga (fecha límite de devengo / devengo forzoso en concurso de acreedores)
04 Otros medios de cobro / pago
L12 > Tipo de Operación Intracomunitaria
VALORES DESCRIPCIÓN
A El envío o recepción de bienes para la realización de los informes parciales o trabajos mencionados en el artículo 70, apartado uno, número 7º, de la Ley del Impuesto (Ley 37/1992).
B Las transferencias de bienes y las adquisiciones intracomunitarias de bienes comprendidas en los artículos 9, apartado 3º, y 16, apartado 2º, de la Ley del Impuesto (Ley 37/1992).
L13 > Clave de declarado intracomunitario
VALORES DESCRIPCIÓN
D Declarante
R Remitente
L14 > Estado global del envío (Respuesta al suministro)
VALORES DESCRIPCIÓN
Correcto Todas las facturas de la petición tienen estado "Correcto".
ParcialmenteCorrecto Algunas facturas de la petición tienen estado "Incorrecto". Ver detalle de errores (L16).
Incorrecto Todas las facturas de la petición tienen estado "Incorrecto".
L15 > Estado del envío de la factura (Respuesta al suministro)
Campo de la respuesta al suministro de alta, baja, modificación. Especifica si el registro enviado se valida correctamente y es registrado en el sistema
VALORES DESCRIPCIÓN
Correcto La factura enviada es totalmente correcta y se registra en el sistema.
AceptadoConErrores La factura enviada tiene algunos errores que no provocan su rechazo y se registra en el sistema. Ver detalle del error (L16).
Incorrecto La factura enviada tiene errores que provocan su rechazo. No se registra en el sistema
L16 > Código de error de registro
Revisar documento de validaciones y Gestión de errores
L17 > Código de País.
Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre, en su Anexo II (B.O.E. de 26/12/2011)
L18 > Estado Miembro
VALORES DESCRIPCIÓN
DE ALEMANIA
AT AUSTRIA
BE BELGICA
BG BULGARIA
CZ CHECA, REPUBLICA
CY CHIPRE
HR CROACIA
DK DINAMARCA
SK ESLOVAQUIA
SI ESLOVENIA
EE ESTONIA
FI FINLANDIA
FR FRANCIA
GR GRECIA
HU HUNGRIA
IE IRLANDA
IT ITALIA
LV LETONIA
LT LITUANIA
LU LUXEMBURGO
MT MALTA
NL PAISES BAJOS
PL POLONIA
PT PORTUGAL
GB REINO UNIDO
RO RUMANIA
SE SUECIA
L19 > IDVersionSii
VALORES DESCRIPCIÓN
1.0 Versión Actual del esquema utilizado para el intercambio de información
L20 > Varios destinatarios
VALORES DESCRIPCIÓN
S Si
N No
L21 > Clave de Operación
VALORES DESCRIPCIÓN
A Indemnizaciones o prestaciones satisfechas superiores a 3005,06
B Primas o contraprestaciones percibidas superiores a 3005,06
L22 > Factura R5 o F4 con minoración de la base imponible por la concesión de cupones, bonificaciones o descuentos cuando solo se expide el original de la factura
VALORES DESCRIPCIÓN
S Si
N No
L23 > Estado de cuadre de la factura
VALORES DESCRIPCIÓN
1 No contrastable. Estas facturas no permiten contrastarse.
2 En proceso de contraste. Estado "temporal" entre el alta/modificación de la factura y su intento de cuadre.
3 No contrastada. El emisor o el receptor no han registrado la factura (no hay coincidencia en el NIF del emisor, número de factura del emisor y fecha de expedición).
4 Parcialmente contrastada. El emisor y el receptor han registrado la factura (coincidencia en el NIF del emisor, número de factura del emisor y fecha de expedición) pero tiene discrepancias en algunos datos de la factura.
5 Contrastada. El emisor y el receptor han registrado la factura (coincidencia en el NIF del emisor, número de factura del emisor y fecha de expedición) con los mismos datos de la factura.
L24 > Estado de la factura registrada (Respuesta a una consulta de registros presentados previamente)
Campo de la respuesta a una consulta. Especifica el estado del registro, una vez registrado, en el sistema
VALORES DESCRIPCIÓN
Correcta La factura registrada es totalmente correcta.
AceptadaConErrores La factura registrada tiene algunos errores. Ver detalle del error (L16).
Anulada La factura registrada ha sido anulada mediante una operación de baja
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